Sí. La Ley 7964 de Salta (sancionada el 29 de noviembre de 2016) regula la reproducción asistida en los hospitales públicos provinciales y para las afiliadas del IPS (Instituto Provincial de Salud de Salta). Los hospitales públicos atienden a personas sin obra social con al menos cuatro años de residencia en Salta. Según la publicación jurídica Al Día Argentina (Microjuris), en julio de 2021 la Corte de Justicia de Salta declaró inconstitucional, en un caso individual, el tope de tres tratamientos de alta complejidad en total.
| Artículo | Qué establece |
|---|---|
| Alcance | Reproducción asistida en establecimientos públicos del Ministerio de Salud Pública y entre los prestadores del IPS (publicada el 22/12/2016). |
| Art. 7 | Prestadores públicos: solicitantes sin obra social con al menos cuatro años de residencia en Salta; las personas extranjeras necesitan además residencia permanente. |
| Art. 8 | El IPS debe cubrir las técnicas para sus afiliadas; se mantienen las obligaciones de coseguro. |
| Art. 9 | Hasta cuatro intentos de baja complejidad por año y hasta tres tratamientos de alta complejidad en total, con al menos tres meses entre uno y otro, y no más de dos embriones transferidos por intento. |
Fuente: Ley 7964 de la Provincia de Salta (Legisalud, 2016).
Según la publicación jurídica Al Día Argentina (Microjuris), de septiembre de 2021, el 26 de julio de 2021 la Corte de Justicia de Salta, en la causa «M. I., J. N. c/ IPS», declaró inconstitucional el límite de tres tratamientos de alta complejidad en total del Art. 9 y sostuvo que la cobertura debía ser del 100 % y no del 80 %. La decisión surgió de un amparo individual; la fuente no indica que tenga efectos más allá de esa persona.
La ley de 2016 sigue fijando, en su texto, un total de tres tratamientos de alta complejidad. El fallo de 2021 muestra que ese límite fue cuestionado con éxito en un caso, pero no que haya cambiado para todas. La exigencia de cuatro años de residencia para el sistema público también es propia de Salta. Antes de empezar, conviene confirmar con el IPS, con la obra social o prepaga correspondiente, o con el hospital:
Esta página no es asesoramiento legal: ante una negativa de cobertura, la consulta corresponde a un profesional del derecho.
El Art. 9 limita a dos los embriones por intento. El Capítulo 35 de Mapa del Positivo explica la transferencia embrionaria: es un procedimiento ambulatorio, sin anestesia, de 10 a 15 minutos, en el que un catéter fino deja el o los embriones en el útero, guiado por ecografía abdominal. Puede hacerse en fresco o con embriones congelados; hoy muchos centros priorizan la transferencia de congelados por tasas algo mejores.
El libro también desarma un mito frecuente: «la FIV solo da gemelos». La realidad que describe es que una sola transferencia da un bebé en la mayoría de los casos. Por eso, entre las preguntas esenciales antes de la FIV, el libro incluye: «¿Cuántos embriones se transferirán?».
La Ley 7964 fija el marco; Mapa del Positivo ayuda a decidir dentro de él. La Estación IV reúne cuándo ver a un especialista (Capítulo 29), cómo elegir al médico (Capítulo 31), la escalera de tratamientos (Capítulo 34) y la FIV paso a paso, con los mitos y las preguntas antes de empezar (Capítulo 35).
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Referencias: Ley 7964 Provincia de Salta (Legisalud) (2016-12-22) · Fertilización limitada: la Corte de Salta declaró inconstitucional el art. 9 de la Ley 7964 - Al Día Argentina (Microjuris) (2021-09-16)